Protección a menores

Contra la pornografía infantil

De acuerdo con la Ley 679 de 2001 y Ley 1336 de 2009, mediante la cual se dictan disposiciones para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad,

De conformidad con lo establecido en dichas leyes, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad.

En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 679 de 2001, Grupos.co S.A.S advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son considerados como delitos y por tanto sancionados penalmente.

Así mismo y con el fin de dar cumplimiento a la resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009, y según el artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009. www.grupos.co adoptó un modelo de “Código de Conducta", con el fin de prevenir e impedir la utilización y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.